Práctica del Consejo Real en el despacho de los negocios consultivos, instructivos y contenciosos (1796), de Pedro Escolano de Arrieta (dos tomos)
De qué trata el libro
Pedro Escolano de Arrieta y Peñuelas de Zamora (1733-1794) fue jurista y escribano de Cámara y de Gobierno del Consejo Real de Castilla. En la madrileña imprenta de la Viuda e Hijo de Marín, en 1796, fueron publicados, por iniciativa de su viuda, y a su cuenta y cargo, los dos tomos de su única obra póstuma, la Práctica del Consejo Real, previa aprobación y pertinente licencia de impresión del mismo Consejo, decretada el 22 de diciembre de 1795 y formalizada por una Real Cédula, despachada en Aranjuez, de 19 de enero de 1796. El prólogo de la obra debe ser atribuido a Campomanes, a quien Pedro Escolano de Arrieta ya había confiado, en vida, la corrección de su manuscrito, asumiendo sus anotaciones y enmiendas, y solicitando su beneplácito. Constituye la obra escolaniana un valioso ejemplar del género de la práctica forense, muy abundante en la literatura jurídica española del siglo XVIII, que ciñe su objeto al de clarificar el estilo, jurisdiccional y gubernativo, competencial y funcional, de un concreto, y determinante, órgano supremo de administración de justicia y ejercicio de gobierno en el seno de la monarquía española, su Consejo Real. Y ello a través de la presentación de su estricto orden formulario: una exposición ordenada, por tanto, aunque casuística, detallada y prolija, de sus constitutivas y características fórmulas de sustanciación de los negocios, procedimentalmente documentadas. En su obra, Escolano levantó acta, en una especie de minucioso diario burocrático, de las reformas políticas, jurídicas e institucionales, económicas y de costumbres – y, apenas sociales –, de las regalías eclesiásticas a la reversión de señoríos y rentas a la Corona, de los gremios y abastos al libre comercio indiano o de cereales, de los corregidores e intendentes a los diputados del común, de la Mesta a las Sociedades Económicas o la Universidad, de la mendicidad al presidio – que los ministros ilustrados del reinado de Carlos III, con los condes de Campomanes, Floridablanca y Aranda a la cabeza, fueron introduciendo – durante sus largos años, de pliego y pluma, en las escribanías de Aragón y de Castilla del Consejo Real (Diccionario Biográfico de la Real Academia de la Historia).
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