La partición efectuada por el causante

El principio general de autonomía de la voluntad —el «standum est chartae» del Derecho civil aragonés—, se proyecta en sede de sucesiones en la libertad de disposición del causante, con la consideración de su voluntad como ley de la sucesión, siendo una manifestación jurídico institucional del mismo la partición realizada por el causante, que puede deberse a diferentes y variados motivos: desde asegurar el cumplimiento de su voluntad en la división y adjudicación de los bienes que componen su patrimonio hasta el ahorro de tiempo y gastos o el evitar pugnas y los litigios en...


























































